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Condena al Ayuntamiento de Leganés por negar información al portavoz de ULEG

LEGANES AGRESIÓN

LEGANÉS – El juzgado de lo contencioso administrativo número 31 de Madrid ha dictado sentencia condenatoria contra el Ayuntamiento de Leganés por vulnerar el artículo 23 de la Constitución Española y da la razón así al portavoz de ULEG, Carlos Delgado, en su denuncia por las trabas impuestas desde el Consistorio para acceder a información de determinados expedientes.

En la sentencia, el magistrado anula varias resoluciones y decretos de Alcadía en los que el Gobierno local se amparó para negar el acceso a información solicitado por escrito por Delgado, y obliga a la Administración local a “facilitar la información requerida” condenando a su vez al Ayuntamiento al pago de las costas.

De esta forma, entiende el juzgado que el Consistorio leganense vulneró el derecho fundamental del concejal y portavoz del partido vecinal a ejercer su función de representación pública, recogida en el artículo 23 de la Constitución y que reza lo siguiente: “Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal”.

No se puede normalizar un comportamiento tan deleznable, opaco y antidemocrático”, han apuntado desde ULEG, para añadir que “el alcalde dimitirá o será obligado a dimitir si queda alguien honrado, coherente y con principios en quienes ahora rigen los destinos del Gobierno de la Nación”.

En este sentido, desde el partido vecina insisten en que iniciarán “las acciones penales correspondientes para que el señor Llorente y quienes le acompañan en este pisoteo diario de los derechos constitucionales que un día juró respetar tenga el fruto que se merece: la condena y la inhabilitación como cargo público”.

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