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La Comunidad aprueba las medidas de salud pública que regirán tras el fin del estado de alarma

El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha aprobado este viernes la Orden de la Consejería de Sanidad con las medidas en materia de salud pública y de seguridad ciudadana de aplicación en la región tras la finalización del estado de alarma por el COVID-19 y que entrará en vigor a las 00:00 horas de este domingo, 21 de junio. 

Constará de dos fases, la primera del 21 de junio al 5 de julio, ambos inclusive; y una segunda parte, a partir del 6 de julio. Esta nueva fija que, con carácter general, el aforo en espacios cerrados sea del 60% y, a partir del 6 de julio, aumente al 75%. En zonas abiertas, principalmente terrazas, la ocupación será del 80% y, a partir del 6 de julio, del 100%, siempre manteniendo la distancia social mínima de 1,5 metros e incidiendo en el uso de mascarilla y en las medidas higiénico-sanitarias. 

Visitas a las residencias


Hasta el 5 de julio permanecerán cerrados los centros de servicios sociales, excepto las residencias. A partir de dicha fecha los centros de servicios sociales podrán ir reanudando su actividad a medida que la Consejería de Políticas Sociales permita su reapertura estableciendo las condiciones específicas para el desarrollo de su trabajo. 

Se flexibilizará el régimen de visitas, que se seguirá realizando con cita previa, aumentando el número de personas que pueden acudir y se incrementará el tiempo de la visita y la frecuencia.

Educación 


A partir del 1 de julio, los alumnos del primer ciclo de Educación Infantil podrán volver a las aulas, de forma voluntaria y con preferencia para aquellos cuyos progenitores deban trabajar fuera de su domicilio. Los centros tendrán que ofrecer los horarios y servicios que prestaban hasta el 11 de marzo. 

Para el curso escolar 2020/2021 la Consejería de Educación y Juventud aprobará un protocolo de prevención y organización del regreso a las clases en el que se recogerán las recomendaciones sanitarias actualizadas para el inicio del curso. 

Para a la etapa universitaria, el curso finalizará a distancia, salvo que sea necesaria alguna actividad presencial, en cuyo caso se deberá mantener una distancia mínima de 1,5 metros entre los asistentes o se obligará al uso de la mascarilla. Antes de que finalice el periodo de matriculación, las universidades madrileñas deberán aprobar un plan de actuación para el curso 2020/21.

Transporte


En los servicios de transporte público dependientes del Consorcio Regional de Transportes de Madrid se mantiene la posibilidad que se ocupe el 100% de las plazas disponibles, salvo la fila posterior al conductor en aquellos vehículos que no tengan mampara. 

En las zonas habilitadas para viajar de pie, la referencia de ocupación se amplía de 2 a 3 personas por metro cuadrado. El uso de mascarilla es obligatorio para los mayores de 6 años.
En los transportes privados particulares podrán ocupar todas las plazas y se permite que se ocupen la totalidad de los asientos, en lugar de sólo dos plazas por fila de asientos. En los transportes públicos de viajeros en vehículos de hasta 9 plazas (taxis y VTC) se permite una ocupación de hasta tres personas por fila de asientos, con independencia de que convivan o no en el mismo domicilio. Se mantiene la limitación que impide ocupar la plaza del copiloto. En el caso de los vehículos de transporte de mercancías, se permite la ocupación máxima del vehículo.

Ocio y restauración


En locales de hostelería y restauración, entre el 21 de junio y el 5 de julio se permitirá la ocupación del 60% del aforo del interior (mesas y barra) y del 80% del autorizado como terraza. A partir del 6 de julio se podrá utilizar la totalidad de la terraza y el 75% del aforo interior. 

El consumo dentro del local podrá realizarse en barra o sentado en mesa o agrupaciones de mesas, debiendo asegurarse el mantenimiento de la debida distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros entre clientes o, en su caso, grupos de clientes situados en la barra o entre las mesas. La ocupación máxima será de 25 personas por mesa o agrupación de mesas. 

Por lo que respecta a discotecas y bares de ocio nocturno, permanecerán cerrados hasta el 5 de julio. Cuando se proceda a su apertura lo harán en las condiciones que la Dirección General de Salud Pública determine.

Piscinas y actividades deportivas


Las piscinas recreativas -tanto privadas como municipales- mantendrán, hasta nueva orden, un aforo máximo del 50% (los Ayuntamientos podrán regular la ocupación de las municipales), mientras que las piscinas deportivas –privadas y municipales- contarán con un aforo del 75%. A partir del 6 de julio no tendrán límite de aforo, manteniendo en las zonas de estancia la distancia de 1,5 metros entre sus usuarios. 

El 1 de julio abrirán las piscinas gestionadas por la Comunidad de Madrid (M-86 Centro Deportivo, Parque Deportivo Puerta de Hierro, Instalaciones Deportivas Canal Isabel II y San Vicente de Paúl).

Los entrenamientos, competiciones o eventos de carácter regional en instalaciones deportivas podrán celebrarse con público: hasta el 5 de julio, los espectadores no superarán el 75% del aforo permitido. A partir del 6 de julio no existirá límite en cuanto al aforo, si bien se mantendrá la distancia de seguridad con un límite máximo de asistencia de 300 personas para lugares cerrados y de mil personas tratándose de actividades al aire libre.

Parques infantiles y ocio

Se permite de nuevo el uso de las zonas de juegos infantiles en los espacios públicos. Tanto los parques infantiles como zonas recreativas, pistas de skate o espacios de uso público al aire libre similares podrán estar abiertos siempre que se respete un aforo máximo estimado de una persona por cada cuatro metros cuadrados.
Por otro lado, se prohíbe el baño en ríos, lagos, pantanos y pozas remansadas de agua dulce y no tratadas, así como en el resto de zonas fluviales, en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

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